Orientaciones para la gestión y supervivencia de los recursos
culturales:
Proyecto de Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural
en Areas Protegidas de la APN
* Roberto Molinari
"En nuestros países, donde el patrimonio es vivo, la conservación
suele formar parte de la vida de la gente."
Lambert Messan (Nigeria)
(Boukhari 1996)
Introducción
El Manejo de Recursos Culturales (MRC) en la Administración de
Parques Nacionales empezó a desarrollarse a comienzos de la presente
década, impulsado a partir de las investigaciones arqueológicas
que realizábamos en el Parque Nacional Perito Moreno (Aschero
et al 1998). Desde su origen en 1903 y tradicionalmente, el
manejo de áreas protegidas estuvo destinado a salvaguardar como
patrimonio público valores paisajísticos, impulsar el turismo, defender
la soberanía y conservar valores científicos de flora y fauna, preservando
muestras "prístinas" de la diversidad de ambientes naturales
del territorio argentino (Burkart 1994).
En las últimas décadas, a instancias de la Estrategia Mundial para
la Conservación (EMC) impulsada por la Unión Internacional de Conservación
de la Naturaleza (UICN) , se asumió el rol protagónico de la sociedad
moderna en el deterioro de los ecosistemas y en el consecuente agotamiento
de los recursos indispensables para asegurar la supervivencia (Allen
1980). Aunque la Estrategia no aluda explícitamente a la conservación
del patrimonio cultural, introduce la variable humana como un componente
decisivo del sistema que se pretende proteger. A partir de ella
el concepto de conservación difiere sustancialmente de clausurar
áreas o inhibir el uso de los recursos, afirmando la necesidad de
redefinir la forma de relación que deberá concertarse -entre el
hombre (sujeto) y el ambiente (objeto)- a efectos del desarrollo
sustentable, o en otras palabras para un aprovechamiento racional
y contínuo del patrimonio.
Discusión
En ese contexto, nuestros primeros esfuerzos estuvieron destinados
a debatir con profesionales de las ciencias naturales la importancia
de la evolución de las actividades humanas en la configuración actual
del ambiente, haciendo hincapié en que aún las decisiones actuales
de manejo -de las cuales depende el éxito de la conservación- constituyen
construcciones culturales. Asumimos que es tan difícil tratar de
comprender, explicar y planificar el manejo del ambiente sin tener
en cuenta al hombre, como hacerlo con la cultura sin considerar
su entorno natural de pertenencia. Teórica y metodológicamente planteamos
un manejo integrado del patrimonio natural y cultural , considerando
a los sistemas ecológicos en términos de ecosistemas socioculturales
(Hurtado Mendoza 1988).
Para nuestro planteo, así como la EMC enfatizaba la necesidad de
conservar la biodiversidad para mantener los procesos ecológicos
que aseguran la vida, consideramos que con el mismo objetivo es
igualmente significante preservar la diversidad cultural porque
ésta representa una gama de alternativas de relación para con el
espacio y sus recursos. Esto guarda una serie de implicancias, por
un lado en una perspectiva temporal la diversidad y variabilidad
de las interrelaciones de las sociedades y el ambiente constituyen
elementos ineludibles para la comprensión de los fenómenos actuales.
Accedemos a esas interrelaciones a través de la arqueología y la
historia y en términos de patrimonio, la información del comportamiento
humano está guardada en los restos materiales que denominamos recursos
culturales arqueológicos. Por otro lado, la sociedad moderna actual
o posmoderna, en proceso de globalización y sesgada
desde el origen por la idea de progreso (Walsh 1992), constituye
la causa de una acelerada pérdida de identidad y del valor del pasado
en la vida contemporánea.
Consideramos imprescindible para la conservación, realizar este
tipo de análisis y discusión sobre las causas de la pérdida del
patrimonio. Preservamos restos físicos para analizar sus asociaciones
históricas con el objeto de aproximarnos al cómo y por
qué del comportamiento humano. Pero no sería suficiente con
especializarnos en una disciplina de unos pocos, relacionada con
el estudio y la conservación física de los recursos culturales.
Como patrimonio constituyen bienes de propiedad colectiva y es la
sociedad en su conjunto la que debe percibirlo y velar por su protección.
En este punto es donde se deben insertar las ciencias del hombre
con un rol más trascendental que la circulación de información en
los circuitos académicos y científicos. Sólo como un ejemplo, resulta
significativo que la mayoría de los arqueólogos norteamericanos
estén empleados en tareas no académicas, relacionadas con el Manejo
de Recursos Culturales (Green y Doershuk 1998). Investigación, administración,
legislación, educación, difusión interpretativa, evaluación de impacto
y preservación son actividades de una estrategia destinada a resolver
la problemática de la conservación: la conciencia y participación
de la sociedad en un patrimonio que le pertenece.
El proyecto de Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural
en Areas Protegidas de la APN es una síntesis de la experiencia
recogida en los últimos años. Creemos que las áreas protegidas son
campos ideales para la experimentación de modelos para el MRC y
que sus principios, prácticas y actividades pueden aplicarse y enriquecerse
fuera de sus límites. Por razones de espacio, a continuación de
la lista bibliográfica se presenta la parte más esencial de este
proyecto: "Política de Manejo de Recursos Culturales".
Bibliografía
Allen, R. 1980. La Estrategia Mundial para la Conservación: en
qué consiste y qué significa para los Parques. Manual para la
Capacitación del Personal de Areas Protegidas. Vol 1. 1a. National
Park Service. 1993. Washington DC.
Aschero, C., Goñi, R., Civalero, M.T., Molinari, R., Espinosa,
S., Guraieb, A.G. y C. Bellelli. 1998. Holocenic Park: Arqueología
del Parque Nacional Perito Moreno. Anales de Parques Nacionales
XVII (en prensa). Administración de Parques Nacionales. Buenos Aires.
Boukhari, S. 1996. Don Patrimonio Africano. Fuentes UNESCO
Nº 80. Junio 1996.
Burkart, R. (comp.) 1994. El Sistema Nacional de Areas Naturales
Protegidas de la Argentina. Administración de Parques Nacionales.
Buenos Aires.
Green, W. y J. Doershuk. 1998. Cultural Resource Management and
American Archaeology. Journal of Archaeological Research.
Vol. 6. Nº 2.
Hurtado Mendoza, L. 1988. Manejo Integrado del Patrimonio Natural
y Cultural: un aporte teórico y metodológico. Manual para la
Capacitación del Personal de Areas Protegidas. Vol. 2. 10c.
National Park Service 1993. Washington DC.
Walsh, K. 1992. The Representation of the Past. Museums and heritage
in the post-modern world. Ed. Rutledge. London-New York.
APN
Política de Manejo de Recursos Culturales
(Art. 4º del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural
en Jurisdicción de la APN)
Antecedentes
La Administración de Parques Nacionales (APN) manejará los recursos
culturales de las áreas protegidas a su custodia, a través de programas
orientados a la conservación, investigación y uso público.
El conjunto de esas actividades integradas en una estrategia
constituye el manejo de los recursos culturales (MRC), cuyo carácter
será interdisciplinario y participativo de acuerdo a los distintos
niveles de competencia: científico, técnico, administrativo y de
guardaparques.
Las actividades del MRC serán incorporadas a los Planes de Manejo
de cada área protegida -en sus respectivos Programas-, bajo la supervisión
técnica de la Dirección Conservación y Manejo y/o Delegaciones Regionales
correspondientes. Tales actividades estarán sujetas a lo dispuesto
por el Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural en
Jurisdicción de la APN y sus cinco Anexos.
Para los propósitos de esta política se considera recurso cultural
a todo vestigio del trabajo humano que constituya evidencia de la
diversidad y variabilidad de las actividades y relaciones de individuos
o sociedades y sus interrelaciones con el medio ambiente natural,
en una perspectiva espacial y temporal. La designación de un recurso
cultural se fundamentará principalmente en su valor histórico (en
sentido amplio, prehistórico e histórico), derivado de su asociación
a un aspecto de la historia humana y/o su evolución.
Los recursos culturales arqueológicos, históricos o antropológicos
pueden comprender paisajes, yacimientos, sitios, estructuras y materiales
culturales. Pueden presentarse en forma aislada o en conjuntos;
constituír bienes muebles y/o inmuebles; sobre la superficie, el
subsuelo o subacuáticos y estar conformados indiscociablemente por
elementos manufacturados y naturales.
Las actividades del MRC están basadas en un conjunto de principios
y prácticas que asegurarán su identificación, evaluación y tratamiento,
ponderando su valor histórico y potencial científico en toda situación
que pudiera afectarlos.
1. Principios del Manejo de Recursos Culturales
El MRC estará guiado por los principios de valor, beneficio público,
conocimiento, respeto e integridad. El establecimiento de este conjunto
de principios contribuirá a una adecuada toma de decisiones en acciones
que afecten recursos culturales.
1.1 Principios de valor
1.1.1 Valor histórico : (ver Antecedentes ; 4º párrafo)
1.1.2 El valor de un recurso cultural estará dado en atención a
su contexto de asociación, considerándose como recurso tanto la
totalidad del recurso como sus partes constitutivas, naturales y
culturales. El objetivo de conservación comprenderá tanto a los
objetos que puedan ser retirados de un sitio -por expresos fines
de una investigación- como a los objetos muebles e inmuebles que
seguirán perteneciendo contextualmente al sitio o yacimiento. En
su evaluación se estimará también el entorno natural de emplazamiento,
el cual es soporte de su concepción, creación y significado.
1.1.3 Los recursos culturales serán valorizados no sólo por sus
cualidades físicas, sino también por sus atributos asociativos y
simbólicos, información que hace a su valor histórico.
1.1.4 Cuando el principal valor histórico de un recurso cultural
deriva de la información que brinda para el conocimiento de la interacción
hombre-naturaleza, las actividades que se planifiquen deberán tener
en cuenta especialmente ambas cualidades.
1.2 Principios de Beneficio Público
1.2.1 Cuando el conjunto de condiciones requeridas lo permitan
(ver 3.5), los recursos culturales estarán especialmente aplicados
al beneficio público, con el fin de su aprovechamiento recreativo,
interpretativo y educativo por parte de las presentes y futuras
generaciones.
1.2.2 Para la comprensión y apreciación del público visitante,
todo medio interpretativo o educativo cultural que se implemente
deberá proveer información confiable, clara y efectiva, orientada
objetivamente al entendimiento de las adaptaciones, procesos y evolución
de los ecosistemas socioculturales.
1.2.3 La APN alentará la revalorización del patrimonio cultural
y promoverá la conciencia del público hacia su conservación, mediante
actividades de difusión de los recursos, que muestren respeto por
el valor histórico, la integridad física y el cuidado del lugar.
1.3 Principios de Conocimiento
1.3.1 La conservación y difusión de recursos culturales requiere
del conocimiento y entendimiento de la historia que representan
y su significancia.
1.3.2 Las actividades del MRC estarán basadas en el estudio interdisciplinario
de los recursos, en la aplicación de experimentadas metodologías
y técnicas de conservación y en la consulta de todos los niveles
de participación involucrados (científico, técnico, administrativo,
guardaparques y comunidades relacionadas directamente).
1.3.3 Las decisiones sobre actividades de manejo deben contemplar
los diversos valores involucrados con el recurso cultural: histórico,
científico, social o simbólico, estético, educativo, económico,
etc.
1.3.4 La información sobre recursos culturales debe ser registrada,
inventariada y actualizada (ver 2.). La información se refiere al
reconocimiento de un recurso, el conocimiento producido por la investigación,
al estado de conservación y los procesos de deterioro que lo afectan,
el tratamiento otorgado y las consecuencias verificadas.
1.3.5 A menos que forme parte de un plan aprobado, la información
sobre localización y características de un recurso cultural no se
dará a conocer públicamente y revestirá caracter confidencial.
1.4 Principios de Respeto
1.4.1 Tratándose de recursos frágiles, únicos y no renovables y
por constituír un patrimonio histórico y social, los recursos culturales
deberán ser tratados con contínuo cuidado y respeto.
1.4.2 Todas las actividades que afecten recursos culturales deberán
asegurar su supervivencia con el mínimo deterioro posible. Sobre
ellos y en cualquier tipo de tratamiento se deberá aplicar a)la
mínima intervención necesaria, b)que éstas sean reversibles y c)la
mayor documentación posible de los trabajos de manejo.
1.5 Principios de Integridad
1.5.1 La APN presentará los recursos culturales del pasado en forma
que reflejen la categoría y complejidad de la historia que representan,
en términos de los procesos de adaptación y evolución.
1.5.2 Todo recurso cultural presentado al público deberá hacer
hincapié en los valores históricos particulares del bien difundido,
dentro de un marco regional de comprensión.
1.5.3 Las intervenciones de conservación sobre los recursos culturales
(restauración, consolidación, rehabilitación, reconstrucción, etc.)
se efectuarán una vez que se haya establecido probadamente la unidad
e integridad del recurso: su totalidad (partes constitutivas y entorno),
su contexto (conjunto de asociaciones) y su historia (transformaciones
post-abandono: faltantes y agregados).
No serán aprobadas acciones de intervención sobre los recursos
culturales que se encuentren justificadas por la simple hipótesis.
1.5.4 La difusión de los recursos culturales al público respetará
lo establecido en el primer párrafo de 1.5.3. Todo trabajo de intervención
que implique agregados o eliminaciones ( ver 3. - restauración,
consolidación, rehabilitación, reconstrucción o reproducción) deberán
ser aclarados y comunicados al público como tales.
No serán aprobados para su difusión elementos que se encuentren
justificados hipotéticamente, a menos que constituyan parte de una
interpretación más amplia y fehaciente a la cual enriquecerán, debiéndose
realizar la aclaración expresa de su caracter de probabilidad.
2. Práctica del Manejo de Recursos Culturales
La Administración de Parques Nacionales aplicará los principios
de esta política a la práctica del Manejo de Recursos Culturales.
Dicha práctica es un estuctura para la toma de decisiones que afecten
recursos culturales, compuesta de cuatro elementos básicos:
I) Inventario de recursos
II) Evaluación de los recursos
III) Consideración del valor histórico
IV) Monitoreo
Esta estructura asegura que los recursos valorizados por su carácter
histórico, potencial científico y demás valores involucrados, sean
reconocidos, identificados, comunicados, evaluados y considerados
para el manejo.
2.1 Inventario de recursos
2.1.1 Las dependencias de cada jurisdicción denunciarán la existencia
de recursos culturales en las áreas protegidas a su cargo, a través
de la "Ficha de Registro de Recursos del Patrimonio Cultural
en As Ps" (FRC) de acuerdo a lo dispuesto
en el Anexo II del Reglamento para la Preservación del Patrimonio
Cultural en Jurisdicción de la APN (Art.6º).
2.1.2 La Administración de Parques Nacionales desarrollará y mantendrá
un inventario actualizado de los recursos culturales de las áreas
protegidas a su custodia, de acuerdo a lo formulado en el Anexo
III del Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural
en Jurisdicción de la APN (Art. 7º) : "Registro Nacional de
Recursos Culturales en As Ps" (RRC).
En éste ingresará la información producida por 2.1.1, la cual estará
sujeta -para su aprobación y registro definitivo- a la instancia
de evaluación técnica (ver 2.2)
2.2 Evaluación de recursos
Los recursos culturales ingresados al RRC serán evaluados técnicamente
a efectos de establecer su importancia o significancia -basada en
el valor o los valores que le sean asignados-, por lo cual constituirán
recursos del patrimonio cultural sujetos a conservación.
La asignación de valor constituye también una herramienta metodológica
que guiará las prioridades de manejo en toda actividad que afecte
recursos culturales: investigación, conservación preventiva y activa,
puesta en valor, recomendaciones de mitigamiento de impacto, etc.
2.2.1 La importancia fundamental por la cual un recurso es considerado
cultural reside en su valor histórico derivado de su asociación
a un aspecto de la historia humana y/o su evolución, evidencia de
la diversidad y variabilidad de las actividades y relaciones de
individuos o sociedades y sus interrelaciones con el medio ambiente
natural, en una perspectiva espacial y temporal.
2.2.2 Cuando el valor histórico de un recurso cultural aún no ha
sido investigado y es considerado en forma potencial o cuando la
información resultante pudiera ser de estimable utilidad para otras
disciplinas, se lo considerará de valor científico.
2.2.3 Determinados recursos culturales poseen una función activa
en la vida de las sociedades contemporáneas, por una continuidad
de uso desde el pasado hasta el presente o por una resignificación
más reciente. Tal importancia se considera de valor social o
simbólico, en orden a constituír un referente de identidad por
el cual una sociedad o grupo humano se reconoce y es reconocida.
2.2.4 Condiciones relativas a la riqueza e importancia de la información
disponible que presenta un recurso cultural, junto con otras características
adecuadas de su emplazamiento como la accesibilidad, visibilidad,
seguridad y posibilidades de control efectivo, permitirán asignarle
valor educativo.
2.2.5 La belleza escénica o paisajística que pueda contener un
recurso cultural y/o su asociación al entorno natural de referencia,
podrá ser considerada de valor estético.
2.2.6 En el caso de que existan razones para el aprovechamiento
sustentable de un recurso cultural con fines de emprendimiento o
explotación-, que suponga un desarrollo para las comunidades espacial
(geográfica) y/o temporalmente (históricamente) relacionadas, o
de cuya explotación se generarán las condiciones necesarias para
su conservación, se considerará su valor económico.
2.3 Consideración del valor histórico
Las decisiones de manejo que afecten recursos culturales estarán
guiadas en orden a la consideración de su valor o valores involucrados.
Dentro de éstos se considera de prioridad el valor histórico,
el cual incluye el carácter de unicidad que representan los
recursos culturales en virtud de constituir restos frágiles, fragmentarios
y únicos de la historia humana.
El orden y categoría de prioridad asignado a los valores dependerá
de las posibilidades o nó de poder ser reemplazados.
2.4 Monitoreo
Todo recurso cultural comunicado, evaluado y registrado en forma
definitiva estará sujeto a un seguimiento que actualizará oportunamente
la información volcada en el Registro Nacional (ver Anexo II - II.J.).
En las etapas de tratamiento de un recurso cultural en que se desarrollen
actividades de conservación y/o uso público, el monitoreo comprenderá
un planteo específico de seguimiento y control de las variables
que se consideren de riesgo (ver 3.5)
3. Actividades del Manejo de Recursos Culturales
Las actividades del MRC constituyen el conjunto de acciones interdisciplinarias
e integradas para la conservación del patrimonio cultural en As
Ps.
3.1 Coordinación
La APN asegurará la aplicación de los principios y prácticas del
MRC en todas las actividades relacionadas con recursos culturales,
las cuales serán coordinadas y supervisadas técnicamente por la
Dirección Conservación y Manejo y/o Delegaciones Regionales correspondientes.
3.2 Planificación
3.2.1 Las actividades de manejo de los recursos culturales ingresados
al Registro Nacional deberán ser planificadas de acuerdo a una estrategia
que expresará la significancia y los fundamentos por los cuales
un recurso cultural será intervenido.
3.2.2 Toda estrategia a aplicar para el MRC deberá ser previamente
aprobada, integrándose a la planificación general de cada área protegida
(Planes de Manejo y/o Planes Operativos), de acuerdo a los Programas
y Sub-Programas específicos de cada actividad: Protección y Recuperación
- Investigación y Monitoreo - Uso Sustentable - Interpretación,
Educación Ambiental y Difusión, etc.
3.3 Investigación
Debido a que la mayor importancia de un recurso cultural deriva
de su valor histórico y potencial científico, el conocimiento de
la información que contiene es esencial para los objetivos de conservación.
3.3.1 La investigación es fundamental para la planificación de
actividades que ocasionen un impacto sobre los recursos culturales.
3.3.2 Los avances de una investigación son considerados básicos
para toda información interpretativa que se difunda al público visitante.
3.3.3 La investigación de recursos culturales genera información
paleoambiental en una amplia escala temporal, de utilidad para el
conocimiento de procesos cuyas consecuencias pueden significar causas
o parte de las causas de problemas actuales de conservación.
3.3.4 La APN alentará la celebración de convenios de cooperación
mutua con acreditadas instituciones de investigación, con el objetivo
común del estudio de los recursos culturales.
3.3.5 Toda investigación de recursos culturales deberá ser expresamente
autorizada por la APN y efectuada de acuerdo a las disposiciones
contempladas en el Reglamento de Investigación en Jurisdicción de
la APN en vigencia y Anexo IV del Reglamento para la Preservación
del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN (Art. 11º): "Condiciones
requeridas para autorizar investigaciones arqueológicas en jurisdicción
de la APN".
3.3.6 Los materiales arqueológicos recuperados de un recurso cultural
investigado, como partes descontextuadas de un recurso cultural,
serán concedidos en préstamo a sus investigadores durante el tiempo
que fuera necesario a los fines de su procesamiento y análisis científicos.
Una vez devueltos a la APN serán inventariados como partes del recurso
cultural de origen y destinados a depósito o exhibición en condiciones
apropiadas de acondicionamiento.
3.4 Conservación
Con el término de conservación se designan todos los tratamientos
específicos destinados a la salvaguarda e integridad de los recursos
culturales, sus partes constitutivas y su entorno, y en consecuencia
a la información que contienen.
La conservación preventiva estará destinada a evitar efectos de
deterioro sobre los recursos culturales, hacia la cual deberán dirigirse
los mayores esfuerzos. La conservación correctiva apuntará a minimizarlos
o subsanarlos, neutralizando los procesos que dan origen al deterioro
y/o interviniendo activamente sobre sus componentes.
3.4.1 En la práctica del MRC, un bien cultural es denunciado a
través de la FRC (ver Anexo II del Reglamento para la Preservación
del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de la APN - Art. 6º), ingresa
al RRC y es evaluado a través de un relevamiento que decidirá su
ingreso definitivo (ver 1.3.4; 2.1.2 y Anexo III del citado Reglamento
- Art. 7º). A través de esta evaluación se efectúan las primeras
verificaciones a efectos de determinar el estado de conservación
y el riesgo de deterioro del recurso. Estas primeras estimaciones
apuntan a comprender los procesos naturales y culturales que afectan
las condiciones o propiedades físicas del bien. Asimismo, permiten
comenzar a plantear acciones preliminares de conservación que apuntarán
a neutralizar esos procesos.
3.4.2 Por restauración se entenderá todo tipo de intervención
directa sobre los materiales componentes de un recurso cultural
y sólo se efectuará cuando sea fundamental para el entendimiento,
la interpretación o supervivencia del recurso. Comprenderá el añadido
de partes faltantes como la eliminación de agregados, en los casos
en que exista suficiente información sobre el estado original y
que dicha acción pueda ser efectuada con un mínima conjetura. Dentro
de esta categoría se incluirán los trabajos de consolidación
de sitios, estructuras o materiales arqueológicos que apuntarán
a lograr la estabilidad física de un recurso a efectos de su supervivencia.
Cualquier tipo de restauración o consolidación deberá
observar los principios establecidos en 1.4.2; 1.5.3 y 1.5.4.
3.4.3 La preservación consistirá en la conservación de un
recurso cultural en las condiciones en que se encuentra o con mínimas
intervenciones, las cuales a juicio técnico garantizarán la supervivencia
del bien en orden a las características ambientales del entorno,
el estado de conservación de los materiales del recurso y/o las
prioridades de manejo establecidas.
3.4.4 La rehabilitación tiene por objetivo asignar una función
contemporánea a un recurso cultural del pasado, relacionada fundamentalmente
con actividades de uso público del patrimonio. Por ejemplo Centro
de Visitantes, Museo de Sitio, Sendero Interpretativo, etc. (ver
3.5)
3.4.5 Se denominará reconstrucción al tratamiento seguido
para la reproducción de un recurso cultural que ha desaparecido
o cuyo estado de conservación impide la aplicación con éxito de
un tratamiento de restauración. Una reconstrucción estará justificada
cuando se posea suficiente información para practicar la réplica
y su finalidad se relacione fundamentalmente con el uso público
del patrimonio (ver 3.4.4)
3.4.6 Con protección se designará a todos los tratatamientos
de acondicionamiento externo de los recursos culturales (sitios,
estructuras, materiales arqueológicos) con el fin de salvaguardarlos.
Por ejemplo: vallas, cercados, pasarelas, coberturas, cobertizos,
embalajes, vitrinas, etc.
3.4.7 Cada una de las actividades de conservación descriptas deberán
observar un adecuado mantenimiento rutinario a largo plazo,
a efectos de prevenir y mitigar otras eventuales alteraciones. Esta
actividad se basará en un apropiado seguimiento y control de los
recursos. El mantenimiento, como también el monitoreo, serán elementos
aplicados a la reprogramación del manejo.
3.4.8 A fin de prevenir daños parciales o totales sobre recursos
culturales, toda proyecto de obra pública o privada que se emprenda
dentro de un área protegida de la APN, como consecuencia de un plan
aprobado para su desarrollo, deberá cumplir las previsiones establecidas
en el Reglamento para la Evaluación de Impacto Ambiental en Areas
de la APN (ver Reglamento para la Preservación del Patrimonio Cultural
en Jurisdicción de la APN - Art. 12º).
3.4.9 A fin de prevenir daños parciales o totales sobre recursos
culturales, toda actividad de manejo de fuego prescripto deberá
observar los requisitos formulados en el Anexo V del Reglamento
para la Preservación del Patrimonio Cultural en Jurisdicción de
la APN: "Instructivo de Control de Recursos Culturales en Manejo
de Fuego".
3.4.10 A fin de prevenir la perturbación o destrucción parcial
o total de depósitos culturales y/o materiales arqueológicos de
superficie, que pueda provocar el desarrollo de trabajos de campo
de una investigación paleontológica, deberá relevarse previamente
el área de afectación de las tareas, de acuerdo a lo dispuesto en
las "Condiciones requeridas para autorizar investigaciones
paleontológicas en jurisdicción de la APN" del Reglamento de
Investigación en Jurisdicción de la APN vigente.
3.5 Uso Público
Uno de los finalidades principales del manejo de recursos culturales
consiste en el acceso del público al patrimonio cultural, entendiéndose
por ello toda difusión de la información resultante del MRC, aplicada
a la recreación, interpretación y educación del público visitante
(1.2.1).
Toda actividad de uso público de un recurso cultural in situ,
en atención a su valor educativo, deberá responder a un plan aprobado
técnicamente por las dependencias correspondientes (3.1) y deberá
observar condiciones de admisibilidad relacionadas con su ubicación,
protección, administración y control.
La información interpretativa de difusión se basará en el conocimiento
resultante de la investigación del recurso cultural, orientada objetivamente
al entendimiento de las adaptaciones, procesos y evolución de los
ecosistemas socioculturales (1.2.2)
Todo plan de uso público de un recurso cultural observará la intervención
de la Dirección, Departamento o Sección de Extensión Ambiental del
área protegida correspondiente, en coordinación con la Dirección
de Interpretación y Extensión Ambiental, la Dirección Conservación
y Manejo y/o Delegación Regional correspondiente.
3.5.1 Cuando un recurso cultural registrado y evaluado sea manejado
sistemáticamente a través de actividades de investigación y conservación
(3.3 y 3.4), éstas producirán información referida a su significancia
(valores asociados) y el conocimiento necesario sobre los procesos
naturales y culturales que afectan su estado de conservación (agentes
de impacto y deterioro). Con estos elementos se planteará una estrategia
de manejo que seleccionará las alternativas más adecuadas para neutralizar
o mitigar los procesos de deterioro del recurso.
Los recursos culturales que cumplan las etapas de tratamiento mencionadas
y sean considerados especialmente por su valor educativo, con condiciones
aptas de ubicación, accesibilidad, topografía, visibilidad, protección,
seguridad y posibilidades efectivas de administración y control,
podrán ser propuestos para su puesta en valor interpretativa
in situ.
3.5.2 La puesta en valor interpretativa de un recurso cultural
procurará maximizar la información histórica particular del sitio
difundido, en un marco regional de referencia, minimizando la complejidad
del lenguaje técnico.
3.5.3 La puesta en valor interpretativa de un recurso cultural
procurará crear un acercamiento interactivo y comprensible del pasado,
utilizando la combinación de aspectos naturales y culturales del
ambiente (paisaje cultural) en el espacio del circuito o sendero.
3.5.4 La puesta en valor interpretativa de un recurso cultural
deberá cumplir con un proyecto de monitoreo a largo plazo,
a efectos del seguimiento y control de impactos previstos y no previstos
que pudieran afectar al bien cultural difundido, los elementos naturales
del entorno y los soportes de contenidos interpretativos.
3.5.4 La información existente sobre los recursos culturales de
un área protegida podrá integrar los contenidos interpretativos
que se difundan a través de los Centros de Visitantes y Folletos
de información general y específica, evitándose comunicar referencias
precisas de ubicación de sitios arqueológicos, a menos que se encuentren
manejados para su puesta en valor (3.5.1)
3.5.5 Los artefactos recuperados de contextos arqueológicos de
sitios investigados (ver 3.3.6) o todo material cultural rescatado
en cumplimiento de un plan aprobado por razones de inminente peligro
de desaparición o destrucción, podrán ser dispuestos y acondicionados
para integrar muestras interpretativas en los Centros de Visitantes
de las áreas protegidas.
4. Capacitación y Entrenamiento
4.1 Capacitación interna
La APN desarrollará programas destinados a formar y actualizar
la capacitación del personal de áreas protegidas y dependencias
técnicas, en el procedimiento relacionado con los principios, prácticas
y actividades de la presente política del MRC.
4.1.1 Los aspirantes a guardaparques recibirán una formación teórico-práctica
básica en el manejo de recursos culturales, incorporada al plan
de estudios de la Escuela de Guardaparques de la APN.
4.1.2 La APN procurará que los guardaparques y el personal técnico/administrativo
en actividad actualicen su formación a través de programas de capacitación
en el manejo de recursos culturales.
4.1.3 Los cursos de capacitación destinados a voluntarios de los
Parques Nacionales y guías de turismo que desarrollan actividades
en las áreas protegidas, incorporarán programas para una capacitación
básica en los aspectos relacionados con el manejo de recursos culturales.
4.2 Capacitación externa
A requerimiento de otros organismos del orden nacional, provincial
o municipal, relacionados con actividades que directa o indirectamente
afecten recursos culturales, la APN podrá disponer su experiencia
en conservación y manejo del patrimonio cultural, a través de programas
de capacitación y entrenamiento o a través del asesoramiento que
para el caso se solicite.
1er Congreso Virtual de Antropología y Arqueología
Ciberespacio, Octubre de 1998
Organiza: Equipo NAyA - info@naya.org.ar
http://www.naya.org.ar/congreso
Auspicia:
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