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EL USO DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO SUBACUÁTICO Y EL POTENCIAL DE LAS ACCIONES NO INTRUSIVAS
Algunas reflexiones sobre la necesidad de aplicación de los documentos internacionales.
Javier García Cano
Instituto de Arte Americano -- Facultad de Arquitectura y Urbanismo -- Universidad de Buenos Aires.
Fundación Albenga.
ICOMOS Argentina.
ICUCH.Introducción
Desde la redacción de la Carta de Venecia en 1964, los últimos años del siglo veinte han significado un desarrollo sostenido de la disciplina llamada Preservación del Patrimonio. Entre otros resultados hemos asistido a la revisión las metodologías de intervención e investigación científica en bienes de valor patrimonial.
Al reconocer a estos bienes como un recurso no renovable propiedad de las distintas sociedades, se han puesto en circulación discusiones que pretenden centrarse en la definición de los límites de un trabajo arqueológico que destruye un sitio. No recayendo en una discusión solamente metodológica, se plantean problemas de índole ética sobre el impacto de una investigación en los restos materiales.
Es evidente que toda excavación ofrece la posibilidad de obtener información que de otra forma no sería accesible, pero también es claro que luego de exhumar el material el sitio deja de existir como tal y pasa a ser una colección. Este proceso determina una posible pérdida de datos que hoy no son factibles de estudio o que ni siquiera sabemos que pueden ser valiosos y útiles.
Los avances en el campo de la preservación del patrimonio y el reconocimiento de las sociedades sobre sus derechos ante los bienes llevan a redefinir las formas y los límites del trabajo arqueológico.
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